Política de cumplimiento

Anti-dinero
Lavado de dineroAML / CTF

Actualizado25·04·2025
Versiónv2.3
Activo
Estructura

Nuestro programa de AML/CTF opera bajo un enfoque basado en riesgos alineado con las Recomendaciones del GAFI, las Directivas de AML de la UE y los requisitos de licencia de la Autoridad de Finanzas Offshore de Anjouan.

FATFEU 2015/849EU 2018/843EU 2018/1673Anjouan OFA
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1.

Descripción General de la Política

Cupertino Entertainment Ltd (la "Compañía") opera www.deuces.com bajo la licencia número 27073 BC 2024, emitida por la Offshore Finance Authority del Estado de Anjouan conforme a la Computer Gaming Licensing Act 007 de 2005. Nuestro Certificado de Operación actual autoriza la aceptación y gestión de transacciones con monedas digitales.

1.1

Introducción al AML

El lavado de dinero es el proceso de ocultar o convertir fondos provenientes de actividades delictivas para que los recursos obtenidos ilegalmente aparenten tener un origen legítimo.

Generalmente ocurre en tres etapas:

1
Colocación
Introducción de fondos ilícitos en el sistema financiero, ya sea directamente o mezclándolos con fondos legítimos.
2
Estratificación
Realización de transacciones para distanciar los fondos de su origen delictivo.
3
Integración
Reintroducción de los fondos ya 'limpios' en la economía.

La Financiación del Terrorismo (FT) implica la obtención o movimiento de recursos para apoyar actividades terroristas. A diferencia del lavado de dinero, el origen de los fondos utilizados para FT puede ser tanto legal como ilegal. La Compañía implementa controles estrictos para prevenir riesgos de LD y FT, prestando especial atención al comportamiento de los clientes que pueda indicar actividades sospechosas.

1.2

Gestión y Supervisión de Cumplimiento

La Compañía ha designado un Oficial de Cumplimiento (CO) dedicado, de conformidad con las regulaciones aplicables al juego. El CO es responsable del cumplimiento normativo general, la gestión de los procesos AML y el monitoreo de actividades fraudulentas. Sus principales responsabilidades incluyen:

  • –Realizar verificaciones de clientes basadas en riesgo
  • –Monitorear continuamente las transacciones de los clientes
  • –Garantizar capacitaciones periódicas en AML / CTF
1.3

Marco Regulatorio

Nuestras políticas AML están alineadas con regulaciones internacionales y de la Unión de las Comoras, incluyendo, entre otras:

  • –Directivas de la UE: 2015/849, 2018/843, 2018/1673
  • –Estándares Globales: Las Recomendaciones del GAFI (FATF)
  • –Anjouan: Computer Gaming Licensing Act 007 de 2005 y directrices posteriores de la Offshore Finance Authority
1.4

Enfoque Basado en Riesgo

La Compañía aplica un enfoque basado en riesgo para AML / CTF centrado en:

1.4.1Identificación de Riesgos. Análisis de riesgos de lavado de dinero basado en nuestra base de clientes, productos y servicios.
1.4.2Mitigación de Riesgos. Implementación de medidas de protección para reducir la exposición a transacciones y clientes de alto riesgo.
1.4.3Monitoreo Continuo. Seguimiento constante y adaptación a nuevos riesgos mediante un sólido sistema de información gerencial.
1.4.4Responsabilidad. Garantizar que la junta directiva y la alta dirección apoyen activamente los objetivos AML.
1.5

Monitoreo Interno y Sistemas de Datos

Utilizamos un sofisticado sistema de procesamiento de datos para respaldar nuestras actividades AML, incluyendo:

  • –KYC: Identificación y verificación manual realizada por nuestro equipo KYC para todos los usuarios.
  • –Verificación de PEP y Sanciones: Software especializado para detectar personas políticamente expuestas y personas sujetas a sanciones.
  • –Monitoreo de Transacciones: Realizado por profesionales capacitados para identificar comportamientos sospechosos.
  • –Análisis Blockchain: Revisión on-chain de transacciones de activos digitales entrantes y salientes para identificar direcciones ilícitas conocidas, mezcladores y entidades sancionadas.
  • –Reportes: Notificación de transacciones sospechosas al Oficial de Cumplimiento y, cuando corresponda, a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
2.

Aceptación y Registro de Clientes

2.1

Requisitos de Registro

Antes de realizar cualquier depósito o apuesta, los clientes deben completar el proceso de registro. La Política de Aceptación y Registro de Clientes ha sido diseñada para confirmar la idoneidad de los posibles clientes y garantizar el cumplimiento de los estándares AML.

2.2

Elegibilidad y Verificación

Los clientes deben ser mayores de 18 años y solo pueden mantener una cuenta por sitio web. Las verificaciones de validación, incluyendo correo electrónico, número telefónico y datos del dispositivo, ayudan a prevenir cuentas duplicadas.

2.3

Restricciones y Prohibiciones

La Compañía prohíbe el registro de las siguientes categorías de personas:

2.3

Restricciones y Prohibiciones

Registros Prohibidos
  • –Menores de edad (menos de 18 años)
  • –Personas Políticamente Expuestas (PEPs) y sus familiares directos o asociados cercanos
  • –Personas incluidas en listas de sanciones emitidas por OFAC, la Unión Europea, HM Treasury o las Naciones Unidas
  • –Personas previamente excluidas debido a fraude u otros indicadores de alto riesgo
2.4

Información Recopilada

Durante el registro, los clientes proporcionan:

  • –Información Personal: Nombre, fecha de nacimiento, género y dirección
  • –Información de Contacto: Dirección de correo electrónico y número de teléfono
2.5

Términos y Condiciones

Todos los clientes deben aceptar los Términos y Condiciones Generales de la Compañía, la Política de Privacidad y los términos AML durante el proceso de registro.

2.6

Verificación de Edad

El registro está estrictamente limitado a clientes mayores de 18 años.

La verificación se realiza a través de nuestro proceso KYC, que incluye la validación de la información proporcionada contra documentos de identidad válidos.

2.7

Debida Diligencia del Cliente

La aprobación del registro está sujeta a la finalización satisfactoria de la Debida Diligencia del Cliente, garantizando que únicamente los clientes debidamente verificados puedan completar el proceso de registro.

3.

Clasificación y Perfilado de Riesgo de Clientes

Para combatir eficazmente el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, la Compañía ha implementado un proceso de perfilado de riesgo del cliente como parte de su enfoque basado en riesgos. El perfilado se realiza durante el registro inicial y se actualiza continuamente de acuerdo con los requisitos regulatorios vigentes, las directrices de organismos internacionales de supervisión AML, la Unidad de Inteligencia Financiera de Anjouan y nuestras propias evaluaciones internas de riesgo empresarial.

3.1

Niveles de Riesgo

Después del registro, cada cliente recibe un perfil de riesgo basado en factores asociados con LD / FT.

Esta clasificación determina el nivel de monitoreo y debida diligencia aplicado a cada cliente.

Low
Perfil estándar de cliente
Identidad verificada, jurisdicción de bajo riesgo, fuentes de fondos rastreables y comportamiento de juego consistente. Sujeto a DDC estándar y revisiones periódicas.
Med
Perfil con atención reforzada
Presencia de uno o más indicadores de riesgo moderado. Sujeto a monitoreo mejorado de transacciones y puede requerir verificaciones adicionales cuando se alcancen ciertos umbrales.
High
Debida Diligencia Reforzada obligatoria
Presencia de noticias adversas, jurisdicción de alto riesgo, patrones irregulares de transacción o indicadores de fraude. La DDE es obligatoria y la cuenta puede ser rechazada o cerrada.
3.2

Factores Clave de Riesgo

3.2.1Estatus Individual. Verificación de PEP, coincidencias en listas de sanciones o noticias adversas relacionadas con actividades delictivas. Una coincidencia confirmada con PEP o sanciones dará lugar al rechazo o cierre de la cuenta; las noticias adversas activarán DDE.
3.2.2Ubicación Geográfica. Residencia en regiones identificadas como de alto riesgo por el GAFI u otros organismos reguladores. La Compañía utiliza herramientas de geobloqueo para impedir el acceso al servicio desde jurisdicciones de alto riesgo especificadas (consulte la Sección 3.3 a continuación) y revisa regularmente esta lista a medida que se emiten nuevas alertas.
3.2.3Comportamiento de Juego y Transacciones. Los patrones indicativos de LD / FT o de juego problemático se supervisan continuamente. Un sistema de puntuación asigna ponderaciones a comportamientos específicos y los combina con otras métricas de riesgo. Las apuestas inusualmente elevadas o los patrones irregulares de transacción activan inmediatamente la DDE y pueden dar lugar a un Reporte de Actividad Sospechosa (SAR).
3.2.4Métodos de Pago. Los métodos de bajo riesgo (como cuentas bancarias y tarjetas de pago) permiten la trazabilidad de los fondos y el reembolso a la fuente original. Los métodos de alto riesgo (como tarjetas prepago o activos digitales provenientes de mezcladores, tumblers o direcciones sancionadas) presentan una menor transparencia sobre el origen de los fondos y reciben monitoreo reforzado.
3.2.5Indicadores de Fraude. Nuestro sistema antifraude identifica patrones asociados con ataques automatizados (bots), robo de identidad, uso de proxy o VPN y múltiples cuentas. Cualquier indicador de fraude activa DDE para prevenir tanto el fraude como los posibles riesgos de LD / FT.
3.3

Jurisdicciones Restringidas

El acceso al Servicio está bloqueado para las siguientes jurisdicciones, de conformidad con nuestros requisitos de licencia y obligaciones internacionales de AML:

Países Restringidos
Austria
Países Bajos
Francia *
España
Alemania
Reino Unido
Unión de las Comoras
Estados Unidos *
* Incluyendo todos sus territorios. Además: todas las jurisdicciones incluidas en la lista negra del GAFI y cualquier otro territorio prohibido por la Offshore Finance Authority de Anjouan. La lista se actualiza periódicamente conforme se emiten nuevas alertas.
3.4

Nivel de Debida Diligencia

El nivel de Debida Diligencia del Cliente aplicado es proporcional a la clasificación de riesgo del cliente y determina la profundidad de los procedimientos de verificación. Los perfiles de mayor riesgo se escalan automáticamente a Debida Diligencia Reforzada (DDE).

4.

Debida Diligencia del Cliente

La Debida Diligencia del Cliente (CDD) y la Debida Diligencia Reforzada (EDD) son componentes fundamentales de nuestros esfuerzos de AML / CTF. Todos los clientes deben cooperar con los requisitos de debida diligencia; el incumplimiento de estos requisitos dará lugar a la negativa de prestación de servicios.

4.1

CDD Estándar

Realizado durante el registro, el proceso de CDD incluye:

  • –Identificación: Recopilación de datos del cliente (nombre, fecha de nacimiento y dirección).
  • –Verificación: Confirmación de la exactitud de los datos mediante documentación válida de respaldo.

Documentos requeridos:

  • –Identidad: Pasaporte, licencia de conducir o documento nacional de identidad.
  • –Comprobante de Domicilio: Factura de servicios públicos o documento emitido por una autoridad gubernamental dentro de los últimos seis meses.
4.2

Requisitos de los Documentos

Los documentos deben estar vigentes, ser legibles y tener calidad suficiente para su revisión. No se aceptan facturas de telefonía móvil. Las fotografías y escaneos deben mostrar la página completa, sin alteraciones y en color.

4.3

Umbral para EDD

Activador de Debida Diligencia Reforzada

Las transacciones que alcancen un total de USD 10.000 o más, ya sea de forma individual o vinculada, activarán automáticamente la EDD.

Las apuestas o ganancias estructuradas para evitar este umbral serán evaluadas de forma agregada y estarán sujetas a revisiones adicionales.

4.4

Monitoreo Continuo

El monitoreo continuo se aplica a todas las relaciones con clientes e incluye:

  • –Actualización Periódica de Documentos: Los documentos vencidos se renuevan de acuerdo con el nivel de sensibilidad al riesgo.
  • –Revisiones Periódicas: La CDD se actualiza cada seis meses, o antes en el caso de cuentas clasificadas como de alto riesgo.
4.5

Debida Diligencia Reforzada

La EDD se aplica en situaciones de alto riesgo, incluidas transacciones complejas o de gran volumen y fuentes de fondos no rastreables. Cuando se activa la EDD, la Compañía:

4.5.1Reverificará la identidad. La documentación de identidad del cliente será verificada nuevamente contra los registros actuales.
4.5.2Evaluará el origen de los fondos y del patrimonio. Se recopilará y analizará documentación que respalde la legitimidad de las fuentes de ingresos, incluyendo recibos de salario, declaraciones fiscales, contratos de venta de activos, extractos de inversiones o pruebas verificables del origen on-chain.
4.5.3Aplicará monitoreo continuo. El monitoreo reforzado garantiza el cumplimiento y la transparencia en todas las relaciones clasificadas como de alto riesgo.
4.6

Verificación de PEP y Sanciones

Nuestras herramientas KYC realizan verificaciones de PEP y sanciones para todos los clientes nuevos y existentes cada seis meses con el fin de detectar cambios de estatus. Una coincidencia positiva confirmada de PEP en una cuenta existente desencadenará una revisión inmediata, una escalación a la alta dirección y, en la mayoría de los casos, el cierre de la cuenta.

4.7

Cierre de Cuenta

Las cuentas pueden cerrarse cuando se detecten infracciones, incluidas sospechas de LD / FT, fraude o incumplimiento normativo. El Oficial de Cumplimiento revisa los comportamientos sospechosos y determina si es necesario presentar un Reporte de Actividad Sospechosa (SAR). El cierre de cuentas se lleva a cabo cuidadosamente de conformidad con las restricciones relacionadas con el tipping-off.

5.

Gestión de Depósitos y Retiros

5.1

Saldo de la Cuenta del Jugador

5.1.1Estructura. Cada jugador mantiene una billetera individual vinculada a su cuenta. Los fondos reflejan el saldo disponible para apostar y se actualizan en tiempo real a medida que los jugadores realizan apuestas y reciben ganancias.
5.1.2Depósitos. Los depósitos se acreditan en la cuenta del jugador tras una autorización exitosa mediante el sistema de caja. Los fondos solo pueden utilizarse dentro del Servicio y no pueden transferirse ni prestarse a otros usuarios.
5.1.3Retiros. Los retiros solo están permitidos sobre fondos verificados. Los saldos disponibles reflejan únicamente montos libres de requisitos de apuesta u otras restricciones. Las transferencias entre cuentas de jugadores están estrictamente prohibidas.
5.2

Métodos de Pago

La Compañía únicamente admite transacciones a través de instituciones financieras autorizadas y reguladas, proveedores de servicios de pago (PSP) y proveedores de servicios de activos digitales que cumplan con nuestros requisitos de cumplimiento normativo. Para fines de AML, las transacciones en efectivo están prohibidas. Todos los depósitos y retiros deben poder rastrearse mediante registros digitales proporcionados por instituciones autorizadas o mediante registros verificables en blockchain.

5.3

Depósitos de los Jugadores

Cada solicitud de depósito se procesa a través de pasarelas de pago compatibles con PCI DSS (para monedas fiduciarias) o mediante infraestructura monitoreada de billeteras digitales (para activos digitales), sin que la Compañía almacene datos sensibles de tarjetas. Los depósitos de activos digitales recibidos se analizan en tiempo real contra direcciones ilícitas conocidas. Los fondos solo se acreditan después de la confirmación del proveedor o de la red blockchain. Si una transacción falla, el jugador será notificado y no se realizará ningún ajuste en el saldo.

5.4

Retiros de los Jugadores

Los jugadores inician las solicitudes de retiro a través de la interfaz de caja, especificando el monto y el método de pago deseado. El importe solicitado se reserva temporalmente del saldo mientras la transacción está en revisión, evitando así situaciones de doble gasto (double-spending).

5.5

Destino de los Pagos

Siempre que sea posible, la Compañía procesa los retiros hacia la fuente original de pago, respaldando la trazabilidad de las transacciones y la verificación de legitimidad. Cuando el método original no esté disponible, los fondos se transferirán de acuerdo con nuestras directrices AML, previa nueva verificación de identidad y cumplimiento de los requisitos de conformidad.

6.

Reporte de Actividades Sospechosas

La Compañía mantiene procedimientos internos para identificar, investigar y reportar actividades potencialmente relacionadas con lavado de dinero, financiación del terrorismo, fraude u otros delitos financieros. Todos los empleados están obligados a reportar inmediatamente cualquier actividad sospechosa al Oficial de Cumplimiento.

6.1

Indicadores de Alerta

Las actividades sospechosas pueden incluir, entre otras:

  • –Depósitos y retiros sin actividad de juego correspondiente
  • –Múltiples cuentas vinculadas al mismo usuario, dispositivo o método de pago
  • –Estructuración de transacciones para evitar umbrales de verificación
  • –Uso de identidades falsas o documentos alterados
  • –Movimiento de fondos incompatible con el perfil financiero declarado del cliente
  • –Uso de activos digitales procedentes de mezcladores (mixers), tumblers o direcciones sancionadas
6.2

Investigación Interna

Cuando se identifica una actividad sospechosa, el caso se remite al Oficial de Cumplimiento para una revisión detallada. La investigación puede incluir el análisis de documentos, historial de transacciones, registros de acceso, dispositivos utilizados, origen de los fondos y cualquier otra información relevante.

6.3

Reporte de Actividad Sospechosa (SAR)

Si la investigación determina que existe una sospecha razonable de lavado de dinero, financiación del terrorismo, fraude u otra actividad delictiva, se elaborará un Reporte de Actividad Sospechosa (SAR). El informe podrá ser presentado ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) correspondiente y otras autoridades regulatorias o de aplicación de la ley, según lo exija la normativa aplicable.

6.4

Conservación de Registros

Todos los registros relacionados con actividades sospechosas, investigaciones internas, SAR y documentación de respaldo se conservarán de acuerdo con los requisitos regulatorios aplicables y nuestra política de retención de registros.

6.5

Confidencialidad

Obligación de Confidencialidad

Los clientes no serán informados sobre la existencia de investigaciones internas, revisiones AML o reportes presentados ante las autoridades competentes.

Cualquier divulgación que pueda alertar a una persona sobre una investigación en curso ('tipping-off') está estrictamente prohibida y puede constituir una infracción legal.

7.

Procedimientos de Control Interno

7.1

Controles Operativos

La Compañía mantiene controles internos para garantizar el cumplimiento continuo de los requisitos de AML / CTF. Estos controles incluyen procedimientos documentados, segregación de funciones, monitoreo basado en riesgos y supervisión por parte del Oficial de Cumplimiento.

  • –Monitoreo: Seguimiento continuo de las actividades de los clientes y de los patrones de transacción.
  • –Escalamiento: Remisión inmediata de actividades inusuales o sospechosas al Oficial de Cumplimiento para su revisión.
  • –Documentación: Mantenimiento de registros completos y auditables relacionados con verificaciones, monitoreo e investigaciones.
7.2

Conservación de Registros

Todos los registros relacionados con la identificación de clientes, debida diligencia, transacciones, reportes internos y comunicaciones regulatorias se conservarán durante el período exigido por la legislación aplicable y los requisitos de licencia.

Los registros deberán permanecer accesibles para auditorías, inspecciones regulatorias e investigaciones realizadas por las autoridades competentes.

8.

Evaluación y Capacitación de Empleados

8.1

Evaluación de Empleados

La Compañía realiza verificaciones apropiadas antes de contratar empleados involucrados en funciones relacionadas con AML, pagos, cumplimiento normativo y operaciones sensibles.

Estas verificaciones pueden incluir validación de identidad, antecedentes profesionales y otras evaluaciones consideradas apropiadas para el puesto.

8.2

Programa de Capacitación

Todos los empleados relevantes reciben capacitación periódica sobre AML / CTF, prevención del fraude y requisitos regulatorios.

Los programas de capacitación se actualizan regularmente para reflejar cambios regulatorios, nuevos riesgos identificados y mejores prácticas de la industria.

  • –Reconocimiento de indicadores de lavado de dinero y financiación del terrorismo
  • –Procedimientos de Debida Diligencia del Cliente (CDD) y Debida Diligencia Reforzada (EDD)
  • –Procesos internos de escalamiento y reporte
  • –Obligaciones de confidencialidad y prevención del tipping-off
  • –Actualizaciones regulatorias y requisitos de cumplimiento
9.

Actualizaciones y Revisiones de la Política

9.1

Revisión Periódica

Esta Política AML será revisada periódicamente para garantizar su alineación continua con los requisitos regulatorios, condiciones de licencia, estándares internacionales y riesgos emergentes.

9.2

Actualizaciones Regulatorias

Siempre que se produzcan cambios relevantes en leyes, regulaciones, directrices de supervisión o requisitos de licencia, la Compañía podrá actualizar esta política sin previo aviso para reflejar las nuevas obligaciones aplicables.

9.3

Responsabilidad de Supervisión

El Oficial de Cumplimiento es responsable de supervisar la implementación de esta política, recomendar actualizaciones cuando sea necesario y garantizar su aplicación consistente en toda la organización.

Oficial de Cumplimiento
Responsable de supervisar el programa AML / CTF de la Compañía.
Actúa como principal punto de contacto para asuntos regulatorios, investigaciones internas y comunicaciones relacionadas con el cumplimiento normativo.
End of Policy
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